El alcalde de Cabañas Raras se enfrenta a una petición de cinco años de cárcel e inhabilitación
Juan Marcos López consiguió de forma presuntamente ilegal una ayuda de 53.819 euros para una clínica veterinaria de su propiedad.
El alcalde de Cabañas Raras, el popular Juan Marcos López Gutiérrez, tendrá que sentarse en el banquillo de la Audiencia Provincial de León los días 27 y 28 de marzo acusado de los delitos de prevaricación, fraude, malversación, negociaciones prohibidas a funcionarios y tráfico de influencias tras la denuncia formulada por el concejal socialista Antonio Puerto González. La acusación se refiere a la adjudicación de la parcela número 97 del Polígono Industrial de Cabañas Raras en la que la empresa Clínica Veterinaria Bierzoo SLP, propiedad del alcalde y su esposa, construyó un crematorio de mascotas.
Según el auto del Juzgado número 8 de Ponferrada, Juan Marcos López Gutiérrez, alcalde del Ayuntamiento de Cabañas Raras y a su vez administrador de la entidad Mercantil Clínica Veterinaria Bierzoo SLP, “a sabiendas de su ilegalidad y del deber que tenía de abstenerse, tanto para solicitar las ayudas para proyectos de inversión para el desarrollo alternativo de las zonas mineras para el 2014, como para firmar como autoridad en el procedimiento de la licencia de construcción y licencia ambiental de la parcela 97 del polígono industrial de Cabañas Raras, al igual que presidir la comisión que abrió las plicas el 11 de mayo de 2016 en la cual se incluía la plica de Clínica Veterinaria Bierzoo SLP con su oferta, siendo el único postor, e igualmente emitir su voto en el acto del pleno extraordinario del día 12 de mayo de 2016, en la cual se aprobó por unanimidad la adjudicación definitiva de la parcela 97, consiguió obtener una ayuda para Clínica Veterinaria Bierzoo SLP por importe de 53.819,92 €».
El expediente administrativo, añade el auto, se hizo «sin respetar de modo alguno el procedimiento legalmente establecido al faltar y omitirse informes y trámites preceptivos» y «tampoco consta que se publicara la convocatoria del procedimiento en el BOP ni en otro diario oficial». Asimismo, subrayó que “la empresa adjudicataria es propiedad del alcalde y su esposa, quien presenta la propuesta y declara no estar incursa en ninguna prohibición de las previstas en la ley para contratar con las administraciones públicas”.
Asimismo, y según el mismo documento, la subvención obtenida para el establecimiento de una industria en terrenos de titularidad municipal se solicitó dos años antes de iniciar el procedimiento de enajenación pública, iniciando legalmente los trámites de obtención de licencia ambiental en el año 2015.
Se da la circunstancia de que el regidor popular se adjudicó la parcela por debajo del precio mínimo de licitación y que, al contrario de lo exigido para el resto de licitadores, no pagó el importe de la parcela hasta haber sido notificado de la denuncia interpuesta por el socialista Antonio Puerto González.
Las penas íntegras solicitadas por la acusación particular y la fiscalía alcanzan los 5 años de prisión, multa de dieciocho meses e inhabilitación especial y pérdida del derecho de sufragio pasivo de 8 años.