[TRIBUNA] 40 años del Estatuto de Castilla y León
JAVIER LAGO MESTRE | Este 25 de febrero celebramos el 40 aniversario del Estatuto de autonomía de Castilla y León. Esta Ley orgánica 4/1983 ha permitido la integración de estos dos territorios vecinos en el Estado de las autonomías. Sin embargo no todas las formaciones políticas van a conmemorar esta fecha destacada. Nos referimos al leonesismo y a la ultraderecha. Unos porque quieren la segregación territorial y otros porque pretenden rematar con las regiones autonómicas.
Dicha Ley estatal tiene un amplio contenido (derechos, instituciones, competencias, reforma, etc) que no vamos a estudiar aquí. Nuestro objetivo en este recordatorio es analizar las referencias de dicho Estatuto a El Bierzo. Comenzamos diciendo que dicha norma ha sido reformada en varias ocasiones, incorporando sucesivas menciones a El Bierzo.
En primer lugar queremos mencionar la asamblea de Salamanca (1981) que debatió sobre el contenido del Estatuto de Autonomía de Castilla y León. En esta reunión política en el palacio de Fonseca se habló del reconocimiento de las comarcas. Los socialistas, J. Alvarez de Paz y C. López Gavela, defendieron que “se podrán reconocer comarcas, mediante la agrupación de municipios limítrofes”. Fue un pequeño avance en la ordenación territorial con unos políticos que no creían en las comarcas.
Hubo que esperar a 1988 para que el gobierno regional presentase un anteproyecto de Comarca para El Bierzo. Seguimos pensando que la mayoría de los políticos regionales no apostaban por la comarcalización, ni particular y menos generalizada. Fue la presión social y política de El Bierzo la que forzó la decisión del presidente J. María Aznar. Además, la concesión de un estatuto comarcal devaluado, en 1991, sirvió para debilitar parcialmente el bercianismo (ni provincia, ni región) y debilitó la expansión territorial del leonesismo, ante lo que podemos llamar la nueva identidad institucional berciana.
El interés de los municipios vecinos por integrarse en la Comarca berciana ocasionó un conflicto con la incorporación de Palacios del Sil (2005), tan criticada por el leonesismo político y cultural. Y el miedo a la inclusión de nuevos municipios´, caso de La Cabrera baja, significó el cierre de esta vía mediante la reforma de la Ley de la Comarca (2010). Esta última modificación normativa fija expresamente los municipios de la Comarca. De esta forma, una posible petición futura de integración municipal exige hoy la reforma de la mencionada Ley autonómica, con un largo proceso legislativo, se trata de un impedimento jurídico más.
La actual Ley de la Comarca debe ser modificada para mejorar su contenido. Sin embargo, los políticos regionales siempre tratarán de que la citada norma sirva, en primer lugar, a sus intereses, y luego, a los de los bercianos, que demandan descentralización y más democracia. Por ello mismo no se traspasan ni delegan competencias a El Bierzo. Tampoco se reconoce la elección directa de los consejeros, ni las consultas populares, ni la iniciativa ciudadana, etc. Y otro tanto podemos decir de la Diputación leonesa. Los que estudiamos el proceso comarcal berciano bien sabemos de las resistencias del presidente de la Diputación a ceder competencias al Consejo comarcal en 2000. Ese político del PP habló en el pleno de “división institucional”, “la unidad como principio de la fuerza”, “la Diputación se automutile” etc y, de remate, no concedió la palabra al presidente comarcal, Jesús Esteban.
Conviene destacar que el reconocimiento expreso de la Comarca de El Bierzo en el Estatuto de autonomía de CyL, “regulará la Comarca de El Bierzo, teniendo en cuenta sus singularidades y su trayectoria institucional” (art. 46.3). Esa Ley orgánica fue aprobada por las Cortes generales, lo que supone una protección legal adicional. Así pues, ni la Junta de Castilla y León ni las Cortes regionales pueden suprimir la Comarca berciana. Es necesario decir esto cuando vemos como algún nuevo partido se ha propuesto acabar con ciertos entes regionales (Serla, fundación Villalar, etc).
En segundo lugar, queremos destacar el reconocimiento de la lengua gallega en el propio Estatuto de autonomía de CyL. Se trata de una mínima mención, “gozará de respeto y protección la lengua gallega en los lugares en que habitualmente se utilice” (art. 5.1). Por supuesto, esta referencia provocó duros ataques del leonesismo cultural y político. Así aconteció en la década de 1990, tras aparecer el gallego en el dicho Estatuto (colonización cultural), o en la década de 2000 al poderse estudiar ese idioma en los colegios bercianos (imposición lingüística). Incluso la prensa de mayo de 2005 publicó que la UPL anunciaba que eliminaría el gallego del Estatuto autonómíco. ¡Vaya proeza!.
Lo cierto es que la comunidad galegofalante do Bierzo seguirá reclamando una mayor protección legal del gallego. Incluso ya se ha debatido la oficialidad del gallego en las Cortes generales (2007), por supuesto la mayoría política denegó esta legítima demanda. En 2010 el gallego fue reconocido en el articulado de la Ley de la Comarca. Eso sí, los legisladores autonómicos no se esforzaron nada, copiaron el mismo texto del Estatuto de autonomía en la dicha Ley autonómica. Se trataba de demostrar su menosprecio político por el idioma gallego.
O Bierzo, febrero de 2023.