Toreno tramita el permiso para una torre de medición de un parque eólico en suelo rústico
Bierzo Aire Limpio advierte en sus alegaciones de que la ubicación propuesta por Green Capital «no es autorizable».
La asociación Bierzo Aire Limpio se ha personado como parte interesada en la solicitud de Green Capital de autorización de uso excepcional de suelo rústico y licencia urbanística para la instalación de una torre de medición en la parcela 1238 del polígono 47, en el término municipal de Toreno.
Entre las alegaciones que presenta, señala que no consta en el portal de transparencia del Miteco, ni en el expediente de solicitud, información del proyecto eólico que justifique la tramitación de un uso excepcional de una torre de medición en suelo rústico, siendo además no autorizable en el emplazamiento solicitado.
El Reglamento Urbanístico de Castilla y León (RUCyL) recoge en el artículo 307. 2, la necesidad de que en la Memoria conste «la descripción de las características esenciales del uso solicitado y de las construcciones e instalaciones asociadas”, pero en la memoria descriptiva sólo figuran “ los principales elementos que constituyen la torre de medición eólica destinada a la obtención de una campaña suficientemente extensa y representativa de mediciones de diferentes variables meteorológicas que permitan caracterizar el recurso eólico del emplazamiento y la viabilidad de la instalación a futuro de un parque eólico” Y sobre el proyecto eólico asociado que motiva esta torre no aparece nada más, en todo el expediente, que el nombre “Tureno” y que se ubica en el municipio de Toreno.
Sin embargo, existe un proyecto cuyo trámite ya ha caducado; los proyectos Acario y Tureno de Green Capital, que trataron sin éxito de ubicarse en el mismo espacio instando todo tipo de trámites posibles, con varias modalidades de tramitación y adenda incluida, pero sin obtener la Declaración de Impacto Ambiental positiva por las muchas afecciones ambientales inasumibles debido al gran valor ambiental de la Sierra de Gistredo.
Según BAL, tampoco se cumplen las condiciones de la ley para que este uso sea autorizable por no haber justificado debidamente su utilidad pública o interés general para recurrir a esta vía de carácter excepcional, dado que no aporta la necesaria información en el trámite sobre las características y condiciones de un proyecto eólico asociado como requiere la Ley. «No olvidemos que el único fin de la torre de medición es el de obtener datos sobre la viabilidad de un hipotético futuro parque eólico sito en el municipio de Toreno según consta en la solicitud», explica en un comunicado.
Por otra parte, el pleno del Ayuntamiento de Toreno de 20 de mayo de 2021, aprobó por unanimidad la moción urgente para “rechazar la concesión de ningún permiso municipal para la instalación de macroparques eólicos en los montes comunales dentro del municipio de Toreno”. Para la asociación, lo más llamativo es que el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Toreno, aprobado por Acuerdo de 24 de septiembre de 2015 de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de León, prohíbe las Instalaciones de energía eólica (aerogeneradores), ”en cualquier clase de suelo del término municipal”, según su artículo 70.
La ong berciana «no sale de su asombro ante tanta incoherencia que viene a sumarse a las inconsistencias a las que cada día asistimos en un despliegue de renovables industrial invasivo y descabellado» y aprovecha para llamar a la sensatez y recordar a todas las Administraciones Públicas, incluidas las entidades locales, que en el caso de los montes de utilidad pública, en el supuesto de que se concediera la autorización de una “actividad económica”, como el aprovechamiento renovable en el contexto de un mercado eléctrico liberalizado, por interés general (que se ha de justificar), ha de otorgarse a través de concurrencia competitiva según la Ley de Montes y siguiendo los requisitos de contratación pública.