Pedro Muñoz alega que no tiene intención de fugarse para eludir su entrada en prisión
El exconcejal insiste en defender su inocencia, presenta un informe médico y asegura que tan solo sale de casa acompañado.
La Audiencia Provincial de León ha celebrado este lunes la vista para determinar la entrada o no en prisión hasta que la sentencia sea firme del exconcejal de Ponferrada y exalcalde de Toreno Pedro Muñoz, condenado a penas que suman 16 años y once meses de cárcel por un delito de maltrato habitual en el ámbito familiar, otros tres de maltrato en el ámbito familiar y uno por lesiones agravadas, con los agravantes de parentesco y discriminación por razón de género contra su exmujer, Raquel Díaz.
Muñoz alegó en la sala que «no tengo por qué eludir la cárcel; eso lo hacen los culpables, no los inocentes» y aseguró que el sitio del que más cerca puede estar es un hospital, ya que además de encontrarse en vigilancia activa por un cáncer de próstata –documentado por la defensa con la aportación de un informe médico– sufre “problemas de salud cardiovascular que igual terminan con esto antes de lo esperado”.
Durante su intervención en la vista, Muñoz también subrayó que ha cumplido “con todo” lo que se le ha requerido judicialmente, así como que no existe “intención” de irse “a ninguna parte”. Vive solo, detalló, y únicamente se mueve «cuando alguien me acompaña a comprar o al médico». “Quiero seguir hasta el final y si tengo que ir a la cárcel lo haré con la misma dignidad con la que estoy en esta Audiencia”, recalcó.
La Fiscalía solicitó el ingreso en prisión de Pedro Muñoz debido a un “riesgo de fuga” por “la extensión de las penas, la gravedad de los hechos y la vulnerabilidad de la víctima”. Una posición a la que se sumaron las acusaciones particulares personadas en el procedimiento, que argumentaron además la necesidad de «proteger a Raquel, que vive enclaustrada, aislada y absolutamente aterrorizada».
Los abogados de la defensa sostuvieron en su intervención que “no concurre riesgo alguno de fuga”, destacando que además del arraigo personal y familiar. Muñoz “ha acudido cada vez que se le ha llamado”. También señalan que «no consta relación con terceros países ni tiene suficientes recursos por tener el patrimonio embargado», a lo que añaden la “pérdida de anonimato” por el proceso judicial. “La prisión provisional no es objetivamente necesaria y para la protección de la denunciante existe un dispositivo de control telemático y una orden de protección que no ha incumplido en ningún momento, además de desconocerse su domicilio”, concluyó el letrado defensor, que pidió que su cliente continúe en libertad hasta que se vea el recurso contra su condena.