Juanfran cumplirá un partido de sanción al desestimarse las alegaciones de la Ponferradina
El entrenador de la Ponferradina, Juanfran García, no podrá sentarse en el banquillo en el encuentro que el conjunto blanquiazul disputará el próximo sábado (El Toralín, 16 horas) contra el Barcelona Atlètic.
El Juez Disciplinario Único de la RFEF ha resuelto este miércoles imponer un partido de suspensión por doble amonestación y consiguiente expulsión, con multa accesoria en cuantía de 45 € al club y de 300 € al técnico valenciano. Juanfran fue expulsado por el árbitro García Riesgo en el minuto 44 del partido del domingo pasado contra el Arenteiro en Espiñedo.
La Deportiva había presentado alegaciones contra la segunda amonestación, que se produjo «por alejar el balón del lugar donde se iba a realizar una puesta en juego», según relató el colegiado en el acta. El club alegó que «no existe dolo en la acción de su técnico y que se trata de una acción muy leve, tal y como se acredita en base a la prueba videográfica que se aporta». Por ello solicitaba la retirada de esa tarjeta amarilla.
Sin embargo, el Juez Disciplinario estima que no se demuestra la existencia de un error objetivo, notorio e indiscutible que justifique revocar la decisión arbitral. «Tras la observación detenida de la prueba videográfica, no se puede llegar en absoluto a la conclusión que se pretende, pues muy al contrario, las imágenes de la prueba videográfica muestran claramente que el técnico desplaza hacia atrás el balón, por lo que resulta evidente que dichas imágenes no ofrecen la existencia de ningún error material manifiesto, es decir, un error notorio, evidente, objetivo, incluso grosero y ajeno a cualquier distinta interpretación», explica la resolución
«En definitiva, no solo no es perfectamente verosímil lo apreciado en dicha prueba con la descripción efectuada por el árbitro en el acta, sino que se corresponde fielmente con lo ocurrido, por leve que sea, el árbitro consideró conveniente amonestar al entrenador, y al no existir ningún error material, debe confirmarse por tanto la amonestación que aquí ha sido objeto de impugnación, con las consecuencias disciplinarias que se derivan de la misma», concluye el Juez Disciplinario.