El Procurador del Común cuestiona la coexistencia de dos escudos oficiales de Ponferrada
El defensor del pueblo autonómico insta al Ayuntamiento a anular el acuerdo que aprobó el manual de identidad corporativa.
El Procurador del Común de Castilla y León ha instado al Ayuntamiento de Ponferrada a «valorar el inicio de revisión de oficio del acuerdo adoptado por el Pleno el 30 de diciembre de 2022, que aprobó el Manual de uso de la identidad visual corporativa o marca institucional del Ayuntamiento de Ponferrada», con los votos a favor PSOE, Coalición por El Bierzo y Podemos, y el rechazo de PP, Ciudadanos, USE y el concejal no adscrito.
La resolución del defensor del pueblo autonómico argumenta que se ha omitido «un trámite esencial del procedimiento, y también de fondo, ya que el Ayuntamiento ha aprobado dos representaciones de un mismo escudo como símbolo del municipio» sin seguir el procedimiento establecido. En este sentido, considera evidente que se produce el supuesto de coexistencia de escudos que «es disconforme a derecho, por lo que si la Administración demandada desea modificar el escudo de la ciudad, deberá hacerlo conforme a los trámites marcados por el artículo 187 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y por el Decreto autonómico 7/1998, de 11 de febrero».
En concreto, explica que para aprobar o modificar los símbolos de los municipios se requerirá la instrucción de procedimiento entre cuyos trámites necesariamente ha de figurar memoria justificativa de la pretensión, acuerdo del pleno, información pública y resolución del procedimiento adoptada por la Junta de Castilla y León.
El Procurador del Común recibió la queja de un ciudadano que entendía que la aprobación del manual suponía una modificación o sustitución del escudo del municipio realizada sin seguir el procedimiento establecido para modificar los escudos municipales. Añadía que esa nueva marca de identidad se utilizaba en los taxis, incumpliendo el artículo 27 del Reglamento del servicio de autotaxis, de conformidad con el cual debían exhibir el escudo emblema del municipio.
El nuevo escudo en los taxis
El Ayuntamiento de Ponferrada alegó que el manual establece los usos del escudo heráldico y de la imagen corporativa y que fue aprobado “tras seguir los trámites establecidos para la aprobación de las normativas municipales”. En relación con la rotulación de los taxis, el servicio municipal de Medio Ambiente aducía que “el escudo emblema del municipio es el aprobado el 30 de diciembre de 2022, por el que se aprueba el Manual de Identidad Visual Corporativa del Ayuntamiento de Ponferrada, es ese el que actualmente exhiben los vehículos, cumpliendo con lo establecido en el artículo 27 del Reglamento, ya que exhiben el que está actualmente en vigor”.
Sin embargo, el Procurador del Común esgrime varias sentencias de distintos tribunales para sostener que no se debe confundir lo que es el “sello” que se estampa en determinados documentos, con el “escudo municipal”. El Ayuntamiento, especifica la resolución, «no tiene obligación de utilizar el símbolo del escudo fuera de los documentos exigidos por el ROF, pero si desea utilizar algún logotipo en los restantes documentos o medios impresos, puede hacerlo mediante representaciones gráficas ajenas a lo que es el escudo. Pero si este logotipo o representación gráfica lo es a modo de escudo, ya no es posible otro que el aprobado oficialmente”.
En cuanto a la representación del escudo que exhiben los vehículos destinados al servicio de autotaxi y demás servicios que utilicen ese logotipo, el defensor del pueblo autonómico estima que «deberá adoptar las decisiones que correspondan en coherencia con la resolución que el Pleno adopte sobre la nulidad del acuerdo».