El TSJ ratifica el archivo de la causa por acoso laboral contra el alcalde de Toral de los Vados
La sentencia confirma en todos sus términos la resolución dictada en febrero por el Juzgado de lo Social de Ponferrada.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado en una sentencia dictada el pasado lunes la resolución del Juzgado de lo Social número 2 de Ponferrada por la que desestimaba íntegramente la demanda por acoso laboral interpuesta por un trabajador del Ayuntamiento de Toral de los Vados que reclamaba una indemnización de 225.018 euros.
La sentencia, contra la que todavía cabe interponer un recurso de casación, confirma la inexistencia de acoso laboral e infracción en materia de prevención de riesgos laborales. Asimismo, reconoce la legalidad del procedimiento y la actuación de los intervinientes ante las insinuaciones vertidas por la parte demandante en los medios de comunicación a la finalización del juicio.
La titular del Juzgado de lo Social número 2 de Ponferrada absolvió a finales de febrero al alcalde de Toral de los Vados de la acusación de acoso laboral que le atribuía un empleado municipal, oficial de primera de fontanería. La magistrada no encontró ningún indicio de persecución hacia el operario, que acusaba al alcalde de insultos y vejaciones desmentidos por varios testigos en la vista del caso. Tampoco apreciaba la vulneración de derechos fundamentales o de libertades públicas en la actuación de Fernández.
En el juicio, el regidor sostuvo que la denuncia contra él había sido urdida por el propio trabajador –candidato del PP en las pasadas elecciones municipales– y por el PSOE, formación que Fernández abandonó para concurrir como independiente tras ser apartado después de 24 años de la lista socialista de una manera que siempre consideró «irregular». Los socialistas negaron tajantemente haber tenido nada que ver en la demanda del empleado municipal.
El denunciante aseguraba en su demanda que, aunque el enfrentamiento ya venía de antes, el conflicto se agravó precisamente a raíz de las elecciones municipales de mayo de 2023, en las que tanto el empleado municipal como su hija formaban parte de las listas del PP y afirmaba que «a partir de ahí todo fueron burlas, desprecios y humillaciones», que el juzgado no considera probadas.