Reconocen como muerto en acto de servicio a un guardia civil afectado de fiebre hemorrágica
Una sentencia pionera estima la demanda contra el Ministerio de Defensa de la familia de un agente fallecido en el Bierzo en 2022.
En el verano de 2022 se registraron en la comarca dos casos de fiebre hemorrágica causados p0r garrapatas. Uno de ellos tuvo un desenlace positivo, después de que el paciente (de 49 años) fuese trasladado a la Unidad de Alta Seguridad Biológica del Hospital Universitario Donostia. Antes se había producido otro caso, aunque fue diagnosticado a posteriori, que provocó la muerte de un hombre de 51 años, agente del Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil.
La Audiencia Nacional ha recogido ahora, en una sentencia pionera, que el fallecimiento se produjo en acto de servicio, estimando el recurso presentado por la familia del guardia civil contra una resolución dictada por el Ministerio de Defensa que calificó la muerte como “causa natural”.
La sentencia considera probado que el agente sufrió la picadura de garrapata mientras ejercía sus labores como agente del Seprona, ya que las fechas de incubación y desarrollo de la enfermedad coinciden con las que el hombre estaba trabajando. Así se desprende del informe emitido por el coronel jefe interino de la Comandancia de la Guardia Civil de León, en el que se afirma que “el fallecimiento podría haber sido en acto de servicio o como consecuencia del servicio y sus circunstancias concurrentes”, ya que el fallecido prestó sus servicios entre el 30 de mayo y el 3 de junio de 2022, produciéndose la muerte el 19 de junio.
La Audiencia Nacional establece que la fiebre hemorrágica Crimea-Congo, así como otras transmitidas por animales, está considerada como enfermedad profesional para personal de trabajos forestales y de conservación de la naturaleza, labores que precisamente ejercía el guardia civil fallecido.
En este sentido, la sentencia subraya que “existe prueba acreditativa de la relación causal entre la actividad laboral como guarda forestal y el origen de la enfermedad que llevó a su fallecimiento, cumpliéndose los criterios de localización, continuidad, etiológico e intensidad”. Con esta resolución se anula la que dictó el Ministerio de Defensa negando que la muerte se hubiese producido en acto de servicio y se da la razón a la familia.