El Consejo de Cuentas insiste en que Ponferrada debe mejorar su gestión tributaria
El informe presentado en las Cortes ha detectado carencias o deficiencias en la regulación de varios servicios.
El Consejo de Cuentas de Castilla y León recomienda al Ayuntamiento de Ponferrada que su área de Intervención debería ejercer el control financiero, de eficacia y eficiencia, según lo previsto por la normativa en materia de control interno en las entidades del Sector Público Local. Esta es una de las cuatro recomendaciones del Consejo del Cuentas, destacada esta tarde en las Cortes por su presidente Mario Amilivia, en la presentación del informe de fiscalización de determinadas áreas de la capital berciana.
La recomendación, que ya se conoció el pasado mes de septiembre cuando se dio a conocer el informe de fiscalización, va dirigida al ejercicio del control financiero, recogida en la regulación estatal del control interno en las entidades locales, va en conexión con la definición de objetivos e indicadores de la gestión tributaria y recaudatoria.
El presidente del órgano de control externo, en la que ha sido su decimotercera comparecencia del año subrayó en referencia a dicha recomendación que “el ayuntamiento de Ponferrada no cuenta con una ordenanza general de gestión, recaudación e inspección, por medio de la cual se adapte a su régimen de organización y funcionamiento interno la normativa tributaria estatal de carácter general”.
En esta línea, tal como recoge el informe en su análisis de la organización del servicio de Recaudación, se detectaron algunas carencias o deficiencias en la regulación de varios servicios que impiden determinar la relación entre el rendimiento y el coste de estos.
En cuanto a la gestión recaudatoria estrictamente, aunque los porcentajes en periodo voluntario son, con carácter general, elevados, en vía ejecutiva son muy bajos al situarse la media en alrededor de un 15% de las deudas, lo que redunda en unos porcentajes elevados de deudas acumuladas de ejercicios anteriores. Ello, señaló Amilivia, “permite concluir que hay margen para mejorar la eficacia de las actuaciones de apremio y embargo que lleva a cabo el ayuntamiento”.
Tres recomendaciones más al Ayuntamiento
El trabajo, referido fundamentalmente al ejercicio 2021, es una auditoría combinada, de cumplimiento de la legalidad en cuanto a la estructura del personal y las subvenciones, y operativa respecto a la eficacia y eficiencia de la gestión recaudatoria. Recoge un total de 55 conclusiones derivadas del análisis de los apartados de organización y ordenación del personal; estabilización de empleo temporal; aspectos retributivos; organización del servicio de Recaudación y subvenciones.
Como consecuencia de las más de medio centenar de conclusiones efectuadas, el Consejo de Cuentas opina que “el ayuntamiento cumple con la normativa sobre organización de su personal y adopta las medidas legalmente previstas para su ordenación, si bien sus objetivos aún no se han conseguido”. En tal sentido, significó Amilivia, “los procedimientos de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021 se ajustan, con carácter general, a lo previsto en la normativa y en las orientaciones establecidas, aunque en la tramitación de la nómina no se cumplen determinados requisitos.
Por otro lado, apuntó que “en la concesión de subvenciones, el ayuntamiento cumple con la normativa vigente y cuenta con los instrumentos previstos en la ley. No obstante, la concurrencia competitiva no ha constituido el procedimiento ordinario de concesión, de conformidad con la previsión de la ley general de subvenciones, y, en casos puntuales, los expedientes no cumplían los requisitos para tramitarse como tales”. Con este informe se verificó la legalidad, con carácter general, de los expedientes tramitados, tanto en régimen de concurrencia competitiva como de concesión directa.
Además de la recomendación para que el ayuntamiento ejerza desde el área de Intervención la función de control financiero, con especial referencia al control de eficacia, el Consejo de Cuentas realizó otras tres recomendaciones. En primer lugar, la de que el alcalde debería adoptar el acto de reconocimiento de la obligación de la nómina de personal y la Intervención realizar su fiscalización, de acuerdo con la regulación sobre la tramitación de los gastos de personal y sobre el control y fiscalización internos aprobados por el Pleno municipal. En segundo término, que el Pleno debería aprobar una ordenanza general reguladora de la gestión, liquidación, recaudación e inspección de los tributos locales. Además, el Consejo anota que debe revisarse la adecuación a su naturaleza de algunos de los ingresos. En tercer lugar, referida a que el tesorero y responsable del servicio de gestión tributaria y Recaudación debería mejorar la eficacia de sus actuaciones de apremio y embargo para el cobro de deudas en vía ejecutiva, incrementando algunas de ellas