El pliego para la cena del Botillo vuelve a sugerir las marcas de los productos a servir
El Ayuntamiento mantiene unas prescripciones técnicas demasiado explícitas que suscitan dudas sobre su legalidad.
«Botillo Embutidos Santa Cruz, vino de Dominio de Tares (blanco y tinto) o similar, bebida Xamprada o similar, almendras garrapiñadas de Hinojosa, a servir en el momento del café,. y tarta de la confitería Dulces Sueños como parte principal del postre». Así de explícito es un año más el pliego de prescripciones técnicas para la contratación del servicio de restauración del Festival del Botillo de Bembibre que se celebrará el 22 de febrero de 2025. El argumento que utiliza el Ayuntamiento para justificar la inclusión en el pliego administrativo de una orientación tan concreta es que «se trata de un evento suficientemente consolidado, en el que los participantes al acto de la cena esperan encontrarse unos productos determinados».
Sin embargo, según los juristas consultados por BierzoDiario, especificar las marcas contraviene lo establecido en el artículo 126 de la Ley de Contratos del Sector Público, cuyo apartado 6 establece que «salvo que lo justifique el objeto del contrato, las prescripciones técnicas no harán referencia a una fabricación o una procedencia determinada, o a un procedimiento concreto que caracterice a los productos o servicios ofrecidos por un empresario determinado, o a marcas, patentes o tipos, o a un origen o a una producción determinados, con la finalidad de favorecer o descartar ciertas empresas o ciertos productos».
El mismo artículo señala que «tal referencia se autorizará, con carácter excepcional, en el caso en que no sea posible hacer una descripción lo bastante precisa e inteligible del objeto del contrato en aplicación del apartado 5, en cuyo caso irá acompañada de la mención o equivalente«. En el pliego de Bembibre se utiliza el término «similares» para tratar de justificar la pertinencia de esa excepción legal.
La doctrina del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales es bastante restrictiva respecto al recurso a esa excepcionalidad y reiteradamente ha anulado pliegos demasiado específicos. Al menos tres resoluciones (17/2012, 672/2015 y 620/2016) inciden en que «la descripción de las prescripciones técnicas a través de especificaciones tan concretas» puede suponer «una vulneración de los principios de igualdad de trato en la licitación y de libre concurrencia». También recalcan que el artículo 126 «debe ser interpretado de manera restrictiva; así el órgano de contratación que quiera aplicar esas excepciones en la descripción de las prescripciones técnicas tendrá que probar que se dan las circunstancias objetivas que justifican esa excepción».
Una licitación en dos lotes por un importe total de 87.000 euros
El Patronato Municipal de Fiestas de Bembibre ha abierto el proceso de licitación para contratar los servicios de restauración y de decoración e instalación de carpas para el LII Festival Nacional de Exaltación del Botillo. En total, se destinarán 87.000 euros a estos servicios clave para la organización del festival. El lote de restauración cuenta con un presupuesto base de 55.500 euros, IVA incluido, y las empresas participantes deberán presentar una oferta que no supere los 37 euros por menú, estimando un servicio para 1.500 comensales.
El segundo lote, con un presupuesto de 32.000 euros, IVA incluido, cubrirá la instalación de carpas, decoración y la infraestructura necesaria en los dos pabellones donde se desarrollará el evento: el Pabellón Manuel Marqués Patarita, donde se celebrará la cena oficial, y el Bembibre Arena, sede de la Feria Agroalimentaria. Los trabajos incluirán la instalación de una carpa anexa, tarimas, calefacción, y una estructura decorativa con lona ignífuga, entre otros elementos.