Archivada la denuncia de Ramón por los anónimos que le acusaban de falsear el título
La Audiencia Provincial se sorprende de que el alcalde «no dirija el procedimiento contra persona alguna».
La denuncia interpuesta en febrero de 2020 por el alcalde de Ponferrada, Olegario Ramón, tras la aparición de cartas anónimas enviadas a políticos, periodistas y otros sectores de la sociedad en las que se acusaba al regidor de haber presentado un título de licenciado en Derecho falsificado ha sido definitivamente archivada por la Audiencia Provincial de León, ratificando la decisión previamente adoptada por el Juzgado de Primera e Instancia e Instrucción número 5 de la capital berciana.
El auto dictado por la Sala Tercera señala que «pretende el denunciante don Olegario que el Juzgado investigue quien ha sido el autor de las cartas remitidas a diferentes personas que él señala, y en las que se afirma que carece del Título de Licenciado en Derecho y que por lo tanto está mintiendo a la Ciudadanía de Ponferrada, de cuya Ciudad es Alcalde. El denunciante se siente calumniado e injuriada por dichas misivas, que sin duda comprometen su honorabilidad como ciudadano y como Alcalde».
Aunque admite que «sin duda los hechos denunciados pudieran tener alcance penal, además del civil que estima el auto apelado», la Audiencia advierte de que «a la hora de formular recurso de apelación contra el auto de sobreseimiento, llama la atención de esta Sala que no dirija el procedimiento contra persona alguna, desconociendo que la instrucción penal tiene que ser dirigida contra alguien determinado, que pueda adquirir la condición de investigado».
Si bien en la declaración formulada ante la policía Ramón mencionó un nombre concreto, según consta en el procedimiento, la Audiencia subraya que «las pesquisas policiales a raíz de la denuncia formulado dieron resultado negativo, pues la huella latente encontrada en una de las cartas tuvo un resultado negativo». Por ello, reprocha al apelante que solicite investigar unos hechos sin señalar a nadie en particular, «pretendiendo que se lleve a cabo una investigación prospectiva, es decir dirigida a la búsqueda de algo que pudiera ser indicio de un delito, y las investigaciones prospectivas se hallan prohibidas en nuestro ordenamiento jurídico».
Libertad de expresión y derecho a la crítica política
El auto de archivo y sobreseimiento provisional dictado en primera instancia por el juzgado ponferradino es todavía más contundente en su rechazo a las pretensiones del alcalde y formula un alegato en favor de la libertad de expresión y del derecho a la crítica política. Así, tras dejar sentado que «de los términos de la denuncia no se desprenden indicios racionales de haberse perpetrado ningún delito», especifica que expresiones tales como “mentiroso” carecen en la actualidad de relevancia penal al haberse despenalizado las injurias leves, salvo en el caso de que las mismas se hayan producido en el ámbito de la violencia de género, y al estar claramente tipificadas las injurias graves contra las instituciones del Estado o sus miembros.
Tampoco cree el titular del Juzgado número 5 que el hecho de imputar al denunciante la carencia de título de licenciado en derecho sea constitutivo de ilícito penal. En este sentido, invoca al artículo 205 del Código Penal en el que se define como calumnia “la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad”. Y en el presente caso, apostilla, «ningún delito se está imputando al denunciante».
«A mayor abundamiento, las expresiones contenidas en las cartas remitidas por el denunciado podrían estar amparadas por el derecho a la libertad de expresión y a la crítica política», añade el juez, invocando la doctrina al respecto del Tribunal Constitucional. No obstante, tras cerrar la vía penal, reconoce al demandante la opción de ejercitar acciones en defensa de su honor en el ámbito de la jurisdicción civil.
El alcalde de Ponferrada interpuso la denuncia en febrero de 2020, después de tener conocimiento de la aparición de las cartas anónimas y de que un ciudadano –con voz de persona «de unos 70 años», según relató en su declaración– le interpelase sobre los rumores acerca de la falsedad de su título de licenciado en Derecho en un programa de Onda Bierzo. El juzgado la archivó en marzo y contra esa resolución presentó un recurso de apelación impugnado por la fiscalía y desestimado definitivamente por la Audiencia Provincial en diciembre del mismo año, en un auto al que ha tenido acceso BierzoDiario.