Ponferrada y la Junta reiniciarán el proceso para legalizar la central de calor
El alcalde aduce que la sentencia del TSJ estima que no hubo suficiente información pública, pero avala la ubicación.
La Junta de Castilla ha valorado «favorablemente» que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia no acepte los dos argumentos de fondo de los recurrentes y del Juzgado sobre la red de calor de Ponferrada, limitando el fallo a «un defecto de procedimiento». Según su análisis, el TSJ «avala la posibilidad de licencia provisional y que la ubicación de la instalación en suelo dotacional es correcta; aceptando sólo como argumento para ratificar la sentencia de instancia un defecto de forma consistente en que la información pública, además de en los periódicos, no se anunció en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL), defecto que será subsanado».
La Consejería de Fomento y Medio Ambiente afirma que se reiniciarán los trámites para la concesión de la autorización provisional y licencia urbanística, tras las pertinentes publicaciones en el BOCyL. «El fallo del Tribunal Superior de Justicia es favorable a la posición del Ayuntamiento y la Junta en la parte sustancial del contencioso, que es la aplicación normativa de la autorización y licencia en cuanto que “no puede considerarse contraria a derecho la autorización provisional concedida», interpreta.
La sentencia del TSJ confirma en su argumentación que el alegato de la parte demandante, Bierzo Aire Limpio, en cuanto al carácter industrial de la actividad, no supone contradecir la norma pues “en la normativa aplicable hay diversas actividades con un claro carácter o naturaleza industrial que pueden autorizarse de manera excepcional en suelo rústico común, y por extensión de forma provisional en suelo urbanizable, entre las que cabe mencionar no solo los usos industriales de interés público vinculados a cualquier forma de servicio público, sino las obras e infraestructuras referidas (por ejemplo la producción, transporte, transformación, distribución y suministro de energía” , dice textualmente el fallo.
Y añade que “no solo con carácter provisional”, sino que adelanta su futura adecuación a los usos previstos en la parcela según el PGOU de Ponferrada, “a tenor de lo dispuesto en la normativa del PGOU vigente de Ponferrada puede concluirse que el uso aquí enjuiciado tiene o puede tener, la condición de equipamiento o servicio urbano de carácter comunitario, cuya finalidad es la de prestar al público servicios complementarios a la residencia para satisfacer las necesidades que caracterizan las funciones colectivas de la vida urbana.”
Con todo ello, y sin perjuicio del inicio de la tramitación del Plan de Infraestructuras para la ordenación detallada del Plan Parcial Ciudad de la Juventud, por el Ayuntamiento de Ponferrada se reiniciarán los trámites para la concesión de la autorización provisional y licencia urbanística, previas las pertinentes publicaciones por el Ayuntamiento, en el BOCYL, del trámite de información pública, subsanando así el único defecto encontrado por el Tribunal Superior de Justicia.
Por su parte, el alcalde de Ponferrada, Olegario Ramón, anunció este jueves tras conocer la sentencia del TSJ sobre la anulación de los permisos de la central de biomasa de la red de calor instalada en Compostilla que el Ayuntamiento reiniciará el proceso de licitación, al entender que dicha sentencia admite la ubicación de la central al considerarla equipamiento. “Lo que sí estima y, por lo tanto, anula las licencias, es que no hubo suficiente información pública“, matizó el regidor.