El Ayuntamiento inicia los trámites para legalizar la red de calor de Compostilla
La Junta de Gobierno Local aprueba el avance del plan especial y lo remite a la Junta con el documento de evaluación ambiental.
La cuenta atrás para legalizar la situación de la red de calor de Compostilla, cuyas licencias fueron anuladas por los tribunales de justicia, ha comenzado. La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Ponferrada acordó en su última reunión aprobar el avance del plan especial para la implantación de una red de calor centralizada en el entorno del SUD-11.
El ámbito territorial del plan abarca el conjunto del SUD-11, las parcelas de dominio público donde se ubican el pabellón Lydia Valentín, el estadio del Toralín, las piscinas climatizadas y la calle San Martín, la ronda norte (parcialmente incluida en el SUD-11), calle Jose Luis Sáez, avenida de la Constitución y avenida Gran Reino de León.
El equipo de Gobierno, que tiene intención de autorizar otras tres redes de calor en el municipio, acordó asimismo remitir a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León tanto el documento de avance como el de evaluación ambiental estratégica del referido plan especial, para la tramitación y resolución del procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada.
El documento de avance para la implantación de una red de calor centralizada promovida por la Sociedad Pública de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León (SOMACyL) se someterá a información pública durante un mes y se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León, en un diario de los de mayor difusión en la provincia, en el tablón de edictos y en la página web municipal.
La información pública, «notoriamente insuficiente»
Precisamente las deficiencias en la tramitación del expediente en lo referido a la información pública y la participación ciudadana fueron determinantes para la anulación de las licencias en junio de 2020 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de León. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León desestimó en abril los recursos de apelación interpuestos por el Ayuntamiento de Ponferrada y por la Sociedad Pública de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León (SOMACyL) confirmando en lo sustancial la sentencia de primera instancia.
El TSJ, en sentencia emitida en abril de este año, subraya que «está claro no solo que como se dice en la sentencia apelada la información pública resultó notoriamente insuficiente sino que tal circunstancia debe dar lugar a la anulación de la autorización provisional de uso de que aquí se trata y de las licencias urbanísticas que tienen dicha autorización como requisito previo».
En este sentido, detalla que «para salir al paso de lo que dice el Ayuntamiento de Ponferrada en su apelación, basta con señalar que no es posible aducir con éxito que la tramitación administrativa se ajustó al Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León (LPACyL), entre otras razones porque a lo que debía ajustarse era a la legislación urbanística».