La Junta mantiene el nivel 1 de alerta pero aplicará restricciones al ocio nocturno
Se recomienda a las autoridades competentes no autorizar la celebración de eventos multitudinarios durante dos semanas.
El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León ha acordado este jueves declarar la aplicación inmediata de medidas especiales en el interior de los establecimientos y locales de ocio nocturno y las peñas de toda la Comunidad, decisión que justifica por el «notable incremento» de casos de covid-19 registrado en las últimas semanas.
La Junta alega un «claro empeoramiento de la situación epidemiológica, como reflejan los datos registrados por la Consejería de Sanidad, indicadores que aconsejan reforzar las medidas de prevención en todo el territorio de Castilla y León sin excepción, fundamentalmente en aquellas actividades en la que se está observando el mayor volumen de contagios».
El Consejo de Gobierno considera como medida de intervención más eficaz mantener el nivel de alerta 1 pero aplicando las medidas especiales a la actividad en el interior de los establecimientos de ocio nocturno y a las peñas, durante un período de 14 días naturales sujeto a revisión, por cuanto lo que se pretende es contener el incremento de los contagios en tanto se va avanzando en el proceso de vacunación.
El acuerdo del Consejo de Gobierno establece que se aplicarán a los establecimientos de ocio nocturno y a las peñas las siguientes restricciones:
- Las discotecas y salas de fiesta no podrán superar en el interior 1/3 del aforo.
- No se permite el uso de las pistas de baile.
- El resto de los establecimientos en los que se desarrollen actividades de ocio y entretenimiento como pubs, karaokes, bares especiales y otros, no podrán superar el 75 % del aforo en mesas en las salas de hasta 40 clientes, y del 50 % en las salas de más de 40 clientes. Dentro del local, en los establecimientos señalados en el apartado anterior, no se podrá efectuar consumo en barra o de pie y deberá realizarse sentado en mesa o agrupaciones de mesas. La máxima ocupación por mesa o agrupación de mesas será de 10 personas.
- Se establece como horario de cierre del interior de estos establecimientos las 02.00 horas como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 01.00 horas.
- Las peñas permanecerán cerradas.
El acuerdo producirá efectos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, que se prevé para este viernes, y mantendrá su eficacia durante 14 días naturales.