El Ayuntamiento deberá pagar 3.500€ a una mujer a la que un contenedor rompió un dedo
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo condena al consistorio ponferradino como responsable último del servicio.
El Ayuntamiento de Ponferrada deberá indemnizar con 3,.570,06 euros a la propietaria de un establecimiento comercial de la ciudad a la que un contenedor rompió la falange de un dedo el 17 de febrero de 2020, según la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de León.
La demandante acudió a un contenedor de papel para depositar varias cajas y cartones de su tienda procediendo para ello, como hacía prácticamente a diario, a levantar la tapa. «Súbitamente, de forma inesperada y repentina, mientras estaba realizando dicha tarea, se cerró de golpe la tapa quedando atrapados sus dedos de la mano izquierda», explica la sentencia. La mujer tuvo que ser atendida por fractura de falange.
El Ayuntamiento intentó derivar la responsabilidad a la concesionaria del servicio, FCC Medio Ambiente, que a su vez alegó ser la responsable del mantenimiento de los contenedores pero no de su vigilancia. La sentencia subraya que la Policía Municipal comprobó dos días después, el 19 de febrero, que el accionamiento del sistema de retención del cierre no funcionaba correctamente y carecía de un faldón de plástico para evitar que la zona metálica pudiera causar daños, por lo que procedieron a comunicarlo a la empresa para su reparación.
La magistrada considera acreditado, a la vista de las pruebas documental y testificar, que los daños se produjeron por el mal funcionamiento del sistema de frenado del contenedor y «por la falta de vigilancia de los mismos». La sentencia destaca que «tal deficiencia en este servicio genera un riesgo relevante y oculto para los usuarios de los contenedores cuya peligrosidad puede no ser apreciable a simple vista»,
El tribunal estima que procede declarar la existencia de responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento de Ponferrada, al que condena a abonar 3.570,06 euros a la demandante, cantidad que deberá incrementase con los intereses legales correspondientes desde la fecha de la reclamación en vía administrativa hasta la fecha de la sentencia, sin imposición de costas procesales.