La fiscalía pide 10 años de inhabilitación para el exalcalde de Cubillos José Luis Ramón
La fiscalía considera que incurrió en un delito continuado de prevaricación por sus pagos a diferentes empresas.
La Audiencia Provincial ha señalado para el próximo lunes el juicio contra el que fuera alcalde de Cubillos del Sil entre 1999 y 2015 y presidente de Consejo Comarcal del Bierzo de 2007 a 2011, José Luis Ramón Corral. En sus conclusiones provisionales la fiscalía estima que Ramón incurrió en un delito continuado de prevaricación administrativa por el que considera que procede imponerle la pena de diez años de inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electivos.
El ministerio público afirma que el alcalde, en su condición de alcalde y a sabiendas de que su actuación era contraria a derecho, y pese a los reparos de legalidad efectuadas por la secretaria interventora del Ayuntamiento, ordenó abonar diversas cantidades de dinero a diferentes destinatarios.
Así, consta un pago de 700.655 euros por un servicio continuado prestado al Ayuntamiento entre 2008 y 2013 por pala excavadora, obras, desbroces y servicios menores; otro de 126.419 euros por la apertura, cierre y control del pabellón municipal también en esos mismos años; 148.408 euros más por servicios técnicos municipales de arquitectura e ingeniería entre 2008 y 2012; otros 237.954 por trabajos de jardinería entre 2008 y 2011 o 55.678 euros por el mantenimiento del campo de fútbol en el mismo periodo, de 2008 a 2011. Se cita también otro pago sin especificar de 3.000 euros en 2011; dos de 47.919 y 33.040 euros en 2009 y 2010; uno más de 26.626 euros también en 2010; 16.910 euros en 2009 y un último de 74.719 euros en 2008.
El acusado, explica el fiscal en su escrito de acusación, ordenó de modo reiterado el pago de grandes cantidades de dinero público prescindiendo del procedimiento administrativo legalmente establecido. Su finalidad, expone, era que los contratos tuviesen la condición de ‘menores’ al no superar la cuantía de 18.000 euros o el 10 por ciento del presupuesto anual del Ayuntamiento, según lo dispuesto en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas vigente en el momento de la comisión de los hechos, eludiendo así el procedimiento abierto con publicidad y obviando los trámites más estrictos de su contratación por mayor cantidad al tratarse de contratos de obra menor. Ramón levantó los reparos formulados por la secretaria interventora municipal sin subsanar las presuntas ilegalidades.
En el escrito de conclusiones provisionales se hace hincapié, además, en que las irregularidades en los pagos referidos por parte del acusado fueron detectadas por parte del Consejo de Cuentas de Castilla y León en acuerdos de 30 de mayo de 2013 referido a los pagos ordenados entre los ejercicios 2008 a 2011; de 22 de julio de 2015 referido a los pagos ordenados en el ejercicio de 2012 y de 25 de marzo de 2015 que complementa al segundo, referido a los pagos ordenados en el ejercicio de 2013.Estos hechos son para el Ministerio Fiscal constitutivos de un delito continuado de prevaricación administrativa del que es autor el acusado, al que pide la pena de diez años de inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos.