Arranca la restauración de la cantera que llevó a la cárcel a Martínez Parra
Las obras, con un presupuesto cercano a los 1,5 millones y un plazo de ejecución de 14 meses, contemplan la plantación de 10.500 árboles.
El consejero de Fomento y Medio Ambiente en funciones, Juan Carlos Suárez-Quiñones, visitará el lunes el municipio de Carucedo para informar sobre el inicio de las obras de restauración de la explotación de calizas Peña El Rego, con un período de ejecución previsto de 14 meses y un presupuesto cercano a los 1,5 millones de euros.
El proyecto prevé la plantación de 10.500 árboles y arbustos utilizando la hidrosiembra en la totalidad de la superficie restaurada, 38 hectáreas. Asimismo, contempla el desmantelamiento de las instalaciones existentes, tratamiento de residuos, la conformación de taludes resultantes de las demoliciones, la restauración vegetal de todas estas superficies y el tratamiento de taludes rocosos y bermas visibles desde el mirador de Orellán. De forma complementaria se contemplan obras de drenaje y tratamiento de escorrentías precipitadas en las zonas removidas. También se actuará en los taludes interiores de la escombrera este en los que se realizará un subsolado previo y la proyección de un sustrato fértil en las zonas planas para mejorar el agarre de la vegetación.
La explotación de recursos de la caliza, denominada Peña El Rego número 83, fue autorizado con fecha 31 de octubre de 1968 a la entidad mercantil Caleras Bercianas, SL, pasando posteriormente la titularidad a la entidad mercantil Canteras Industriales del Bierzo S.A. (Catisa). La autorización fue caducada por el Servicio Territorial de Industria con fecha 12 de agosto de 2020 y a continuación se instruyó el correspondiente expediente de incautación de garantías y ejecución subsidiaria.
La Audiencia Provincial de León condenó en el año 2015 a una pena de cuatro años y un día de prisión a José Luis Martínez Parra, consejero delegado de Catisa, al considerarlo culpable de un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente por explotar de forma ilegal la cantera de Peña del Rego en las inmediaciones de Las Médulas entre los años 1977 y 2009.
La Junta asumió al año siguiente que tendría que hacerse cargo de la restauración si el propietario no cumplía la sentencia, que le condenaba a abonar 475.000 euros a la Consejería de Medio Ambiente para restaurar los terrenos dañados por la explotación. José Luis Martínez Parra, que también ha sido condenado en la pieza del caso Gürtel por la visita del Papa a Valencia y pendiente de sentencia p0r la de Boadilla del Monte, cumple condena actualmente en la prisión de Segovia.
El Supremo confirmó la sentencia de cuatro años de prisión
El Tribunal Supremo confirmó la condena de cuatro años de cárcel para José Luis Martínez Parra, consejero delegado de la empresa Catisa, que explotó durante más de diez años la cantera de piedra caliza en Carucedo provocando según la sentencia la alteración del paisaje del Espacio Natural de Las Médulas, además de causar daños con los vertidos al arroyo Balado y al embalse de Peñarrubia.
La resolución del alto tribunal ratificó la condena que la Audiencia de León impuso al empresario, por delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente y le condenó a pagar 475.000 euros a la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León para actuaciones de restauración en la citada cantera, denominada Peña del Rego, situada en la zona periférica de protección de Las Médulas.
La sentencia consideró de «gravedad extrema» la alteración del paisaje de Las Médulas provocada por la cantera, al crear artificialmente un inmenso páramo. El texto de la resolución también considera «muy graves» los vertidos al cauce fluvial del arroyo Balado y el embalse de Peñarrubia, procedentes de la escorrentía de la explotación.
El Supremo destacó en su fallo que la empresa, propiedad del Grupo Martínez Núñez, actuó «sin licencia y sin evaluación del impacto ambiental lo que era conocido por el acusado, como directivo de una compañía que actuaba a cielo abierto en un paraje especialmente protegido». La sentencia precisa que la licencia fue solicitada en 2007, dos años después de que fuese preceptivo contar con ella, y que el acusado «conocía o debía conocer el riesgo y los daños ecológicos en el paisaje con la realización de vertidos al arroyo y al embalse».
Por último, el Supremo rechazó la alegación de que se había infringido el derecho a la igualdad en este caso, al haber sido absuelto por la Audiencia de León el alcalde de Carucedo de un delito de prevaricación ambiental. «Mientras el acusado recurrente era el consejero delegado de una empresa respecto a la que el hecho probado refiere su inacción para no evitar el daño producido, el alcalde absuelto, según se declara probado, resolvió una solicitud de licencia que fue otorgada tras los distintos asesoramientos requeridos y que obran en el expediente, licencia que fue finalmente revocada por la jurisdicción contencioso administrativa», explicaba el fallo.