El Procurador del Común insta al Ayuntamiento a regular los permisos para eventos públicos
El defensor del pueblo autonómico atiende una queja de la asociación de vecinos de La Estación-Temple y el club de petanca.
El Procurador del Común de Castilla y León ha formulado una sugerencia al Ayuntamiento de Ponferrada para que valore la posibilidad de aprobar una ordenanza reguladora de la ocupación de los espacios de dominio público que incluya la regulación de la celebración de eventos y actividades cívicas, culturales, lúdicas, deportivas y similares, y que fomente «la debida colaboración y coordinación con las asociaciones y/o empresas organizadoras de los mismos y, en su caso, establezca plazos preclusivos, tanto para la solicitud como para la resolución municipal, que garanticen el debido equilibrio entre la eficacia en la actuación administrativa y la salvaguarda de los derechos ciudadanos, en los términos que se deducen del cuerpo de esta resolución».
La resolución del defensor del pueblo autonómico se produce a raíz de lz queja interpuesta por la asociación de vecinos de La Estación-Temple, el club de petanca y la asociación Caballeros Bergidum Templi, a los que se denegó el uso del parque para celebrar una fiestas alegando el riesgo de la caída de ramas de los árboles y proponiendo una alternativa sin tiempo suficiente para implementarla.
«Puesto que el Ayuntamiento está valorando la posible elaboración de una Ordenanza, creemos que resultaría muy conveniente que en la misma se incluyeran previsiones en cuanto a los plazos de resolución a partir de la solicitud de las ocupaciones del dominio público para este tipo de eventos que fueran amplias, estableciendo periodos de resolución que permitieran un margen de maniobra para las autoridades locales (que en función del tipo de evento tendrán que recabar informes técnicos de varios departamentos municipales, alguno de los cuales puede demorarse en su cumplimentación) y para los organizadores, de forma que la eventual falta de autorización del evento no les genere ningún perjuicio económico o tenga cualquier otro tipo de repercusión negativa en su actividad», detalla el Procurador del Común.
El Ayuntamiento, subraya el defensor autonómico, «debe tener previsto un cauce formal para este tipo de solicitudes que garantice el adecuado equilibrio entre la eficacia en la actuación administrativa y la imprescindible salvaguarda de los derechos de los ciudadanos. Creemos que la situación producida en este caso, en el que la denegación se produce dos días antes de la celebración prevista, quebró en parte este necesario este equilibrio, por lo que este tipo de situaciones no deberían volver a producirse».